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Condenados padrinos a 39 y 13 años de prisión por homicidio y tortura de Sarita

Tras cuatro horas y media de audiencia de lectura detallada de los hechos que rodearon la muerte de una niña de tan sólo tres años en Armero Guayabal, el 21 de abril del año pasado, un juez especializado de Ibagué -al dar total aprobación a la teoría de la Fiscalía- condenó a la pena de 39 años y 8 meses y 13 años de prisión a sus padrinos de bautismo, Ángela Johanna Guerra Urueña y Edilberto Rojas Torres, respectivamente.

La mujer fue condenada por homicidio agravado en concurso heterogéneo con tortura agravada, mientras que su esposo por el punible de tortura agravada.

Los hallados culpables tras más de 80 pruebas que presentó el ente acusador entre testimoniales, científicas y otras que fueron totalmente contundentes para la decisión, sometieron a la niña a un maltrato físico agudo, sistemático y crónico por el lapso de un año, que la llevó a una desnutrición severa, mientras la tuvieron bajo su custodia.

Los vencidos en juicio tenían en tal descuido a la niña, que al hacerle la necropsia los peritos notificaron que no había un solo espacio en su cuerpo que no tuviera una lesión o abrasión, y cicatrices tanto recientes como antiguas.

La niña de tres años natural de La Dorada, Caldas, y quien fuera entregada a sus padrinos porque su madre no tenía los recursos para mantenerla, vivía en condiciones infrahumanas y degradantes, provocando con ello que perdiera el cartílago de su nariz quedando sin parte del tabique, sin sus dientes, y que sufriera pequeñas mutilaciones en sus dedos, entre otras lesiones que poco a poco fueron sumándose hasta llevarla a la muerte.

A la niña igualmente le fue vulnerado el derecho a la educación, pues después de estar bajo su custodia unos meses no la volvieron a llevar al Centro de Atención Integral de la vereda donde residía, aduciendo que era desobediente porque no controlaba esfínteres.

Es de anotar que al término de su intervención el juez compulsó copias para que la Fiscalía investigue el delito de acceso carnal violento del que fue víctima la menor de edad, del que fue exonerada la mujer en posición de garante.

 

Imagen tomada de Caracol Televisión. 

Con información y apoyo de prensa de la Fiscalía.

 

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