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Cortolima emite resolución para dar cumplimiento a la Consulta Popular del Municipio de Cajamarca

La Corporación Autónoma Regional del Tolima, Cortolima, procedió a dar cumplimiento al mandato resultante de la consulta popular adelantada en Cajamarca el 26 de marzo de 2017, adoptada formalmente mediante acuerdo por parte de Concejo de ese municipio.

Lo anterior porque  la empresa multinacional AngloGlod Ashanti Colombia S.A. está solicitando nuevamente los permisos a la Dirección de Bosques y Servicios Ecostémicos del Ministerio de Ambiente para licencias ambientales en este sector del Tolima.

Por lo tanto, la consulta popular de Cajamarca es obligatoria y vinculante frente a todas las autoridades administrativas en cuanto a la imposibilidad de adelantar proyectos y actividades de minería en su territorio. „ – Que dentro de los principios normativos generales de la Ley 99 de 1993, se establecen los de armonía regional, gradación normativa y rigor subsidiario, que disponen el aseguramiento del interés colectivo y garantizan el manejo armónico y la integridad del patrimonio natural de la Nación, así como el ejercicio de las funciones en materia ambiental por parte de las entidades territoriales.

Cortolima como Autoridad Ambiental está obligada a dar cumplimiento a esta decisión popular en lo relacionado con su competencia y sobre las actuaciones administrativas que en cumplimiento de los principios de coordinación, concurrencia y subsidiaridad deba articular, armonizar o realizar en conjunto con el municipio, el departamento u otras autoridades administrativas nacionales.

De acuerdo a ello el director de Cortolima, Jorge Enrique Cardoso precisó que, “de carácter extraoficial tenemos información de que la multinacional radicó una solicitud de extracción de agua en el área sur del municipio de Cajamarca, ello es inconsecuente con los resultados que son de notoriedad pública de una Consulta Popular que se llevó a cabo el 26 de marzo y resultados que fueron irrefutable y que como autoridad debemos procurar cumplir”.

Dijo además que: “La Consulta Popular de Cajamarca quedaría como saludo a la bandera, sería una consulta de papel, si las autoridades no acobijamos el efecto de la Consulta Popular. Pasaría hacer un saludo a la bandera que el municipio de Cajamarca no se apropie de su proceso de formulación de Esquema de Ordenamiento Territorial y sea consecuente con lo que dijeron los ciudadanos que votaron no al proyecto minero”.

Por consiguiente, a partir de la publicación de la presente resolución, Cortolima no concederá licencias ambientales, permisos, concesiones o cualquier autorización para el uso de recursos naturales en la jurisdicción del municipio de Cajamarca si estos tienen como finalidad la ejecución de proyectos o actividades de gran minería, minería formal o de las demás modalidades que trate el Código de Minas colombiano – Ley 685 de 2001- y demás normas que la modifiquen o reformen. Ahora bien, como el uso del suelo y zonificación del área de Cajamarca debe modificarse en virtud de la Consulta Popular, una vez se adopte el Esquema de Ordenamiento Territorial —EOT- y sus determinantes ambientales, los permisos, concesiones, licencias y autorizaciones otorgados o por otorgar por Cortolima, relacionados con proyectos o actividades mineras, deben ser objeto de revisión técnico- jurídica mientras ello ocurre, teniendo como precedente el resultado de la consulta popular.

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