Hasta por 25 años perderían licencias quienes realicen transporte público ilegal de pasajeros

El Ministerio de Transporte expidió una circular en la que reitera a las autoridades de tránsito del país que podrán suspender y cancelar la licencia a los conductores que violen el artículo 26 de la Ley 769 de 2002 y reincidan en la prestación del servicio público de transporte con vehículos particulares sin justa causa.
”Existe una correlación trágica entre la ilegalidad y la siniestralidad vial y desde el Ministerio de Transporte debemos promover la transparencia en todas las actuaciones de los actores viales”, manifestó la ministra de Transporte, Ángela María Orozco.
La Circular reza: “Se suspenderá la licencia de conducción por prestar servicio público de transporte con vehículos particulares” y en caso de reincidencia y una vez cancelada la licencia de conducción el conductor solo podrá volver a solicitarla pasados 25 años.
Fuente: W Radio




