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Declaran objeto de derecho los ríos Combeima, Coello y Cócora

En un hecho sin precedentes en Colombia, el Tribunal Administrativo del Tolima con la ponencia del H.M José Andrés Rojas Villa, declaró tres cuencas de Ibagué (Combeima, Coello y Cócora) como objeto de derecho, con base en la acción popular interpuesta por Isaac Vargas Morales, quien actuaba en el 2011 como personero de Ibagué en contra de los Ministerios de Ambiente, Vivienda, AngloGold Ashanti Colombia, Continental Gold, Oro Barracuda, entre otros; solicitando que se  amparen los derechos colectivos de la subregión y se declare la extinción de todos títulos mineros otorgados sobre las cuencas mencionadas.

Lo ordenado por la sentencia es:

ORDÉNESE el cese inmediato y definitivo de la exploración y explotación minera en las cuencas de los Ríos Combeima, Cócora y Coello, con cargo a los accionados (Ministerio de Minas y Energía, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y Desarrollo Sostenible, la Agencia Nacional de Minería y la Autoridad de Licencias Ambientales – ANLA-, AngloGold Ashanti Colombia, Continental Gold, Oro Barracuda, entre otros.

 También, se ordenó la realización de un estudio integral por parte de la Universidad del Tolima, sobre el impacto ambiental y en la salud de los residentes en las cuencas de los ríos Combeima, Cócora y Coello, como consecuencia del ejercicio de exploración y explotación minera. En dicho estudio se delimitará el área necesaria para la protección del recurso hídrico, Ias medidas de mitigación para su protección y las acciones que se deberán realizar para recuperar el equilibrio de todo el ecosistema.

La Autoridad minera (Ministerio de Minas y Energía y Agencia Nacional de Minería) y la Autoridad ambiental (Autoridad de Licencias Ambientales – ANLA-  se abstendrán de tramitar concesiones mineras para exploración y explotación minera en las Cuencas de los ríos Combeima, Cócora y Coello. De igual manera dentro de los predios adquiridos por el Sistema Regional de Áreas Protegidas del Tolima, los cuales contienen ecosistemas vulnerables y de alta fragilidad ambiental, especialmente localizados en áreas receptoras de cuencas hidrográficas abastecedoras de acueductos y susceptibles al deterioro.

Igualmente, se ordena al  Director General de CORTOLIMA para que en el ámbito de sus competencias, de acuerdo a lo explicado en la parte motiva de esta providencia, adelante en un término no mayor a doce (12) meses, contados a partir de la ejecutoria de este fallo, el cumplimiento de las tareas y acciones que se determinen en los estudios e investigaciones adelantados por la Universidad del Tolima, que les permita restablecer en lo posible la vida, el paisaje y el ecosistema afectado de los factores contaminantes de las Cuencas de los ríos Combeima, Cócora y Coello; que igualmente conduzca a la adopción de acciones eficaces para restablecer el cauce de los ríos, contando para ello con la orientación, coordinación y asesoría del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y Desarrollo Territorial, debiendo presentar a esta Corporación informes semestrales de las medidas que adelanten para eliminar dichos factores y acatar este fallo.

Cortolima resulta fundamental en la decisión

 La Corporación Autónoma Regional del Tollina –CORTOLIMA, Señaló en su momento  que no se puede permitir que  los demandados evadan alguna responsabilidad, sobre la base de un debate  netamente jurídico, fundado en la existencia de procedimientos ajustados a derecho que permitieron la suscripción de los contratos de concesión, sino que por el contrario se observe la amenaza en los derechos colectivos de los habitantes del municipio de Ibagué, y de los territorios vecinos, sobre la posibilidad que se efectúen procesos de exploración y explotación minera aurífera en la cuenca mayor del Río (bello – Ríos Combeima y Cócora. Informa que es altamente preocupante que IINGEOMINAS haya concesionado para efectuar labores de exploración y explotación aurífera a favor de los terceros.

 

Fuente: Cortolima

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