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Si usted hizo un traspaso abierto, el plazo se vence el 4 de agosto

Recuerde que en cualquier caso, no importa si es moto, carro, camión u otro vehículo, si usted figura como propietario los impuestos u obligaciones, los comparendos, las fotomultas, entre otros, serán responsabilidad suya.

Muchos colombianos han encontrado en el traspaso a persona indeterminada una solución para los problemas legales que les acarrea la situación de vender algún vehículo, pero que por cualquier circunstancia, no se logró formalizar el cambio de propietario.

¿Pero qué es? El traspaso a persona indeterminada es un procedimiento especial implementado por el Ministerio de Transporte que data del año 2008 y procede cuando el vendedor de un vehículo desconoce su paradero, habiendo mediado una compraventa que no fue registrada ante el organismo de tránsito donde se encontraba matriculado.

No obstante, debe estar muy atento pues este procedimiento se encuentra transitoriamente autorizado por el Ministerio de Transporte, pero sólo hasta agosto 4 de 2022, es decir que queda menos de un mes para que la Resolución 3282 de 2019 acabe su vigencia y después de esta fecha ya no podrá realizar este trámite.

Para que se hagan una idea, en 2016 salió la Resolución 5709 que establecía el procedimiento especial para el registro de propiedad de un vehículo a persona indeterminada, pero la misma venció en diciembre 26 de 2018.

En febrero 18 de 2019 se solicitó establecer nuevamente este proceso, en parte apoyado en las cifras presentadas por el RUNT en las que se explicaba que en 2017 se beneficiaron de esta medida 47.861 personas, mientras en 2018 el número aumentó a 57.006. A pesar de la cantidad de propietarios que lograron formalizar sus traspasos, sólo hasta el 5 de agosto, es decir casi seis meses después, se reactivó.

Teniendo en cuenta lo anterior, no se sabe cuánto tiempo podría pasar antes de que vuelva a salir una resolución que les permita a los propietarios solucionar ese tipo de problemas.

Recuerde, para que proceda el traspaso a persona indeterminada se deben tener en cuenta los siguientes requisitos:

• Validación sobre los documentos requeridos.

• Que el vehículo no cuente con medida cautelar u orden judicial.

• Que el vehículo no se encuentre inmovilizado por encontrarse involucrado en accidentes de tránsito.

• Que el vehículo no se encuentre inmovilizado por infracción a las normas de tránsito.

• Que el vehículo no se encuentre en inicio de Declaratoria de Abandono o este se encuentre en curso.

• Paz y salvo en el pago de impuestos durante los últimos cinco (5) años.

• Pago de retención en la fuente.

• Pago del traspaso (derechos de trámite).

• No contar con infracciones de tránsito pendientes.

Fuente: PubliMotos

 

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