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Supertransporte sancionó a Velotax por infringir las normas de transporte de mascotas

Por llevar dos perros en un costal entre Pereira e Ibagué

La Superintendencia de Transporte, en su condición de autoridad de inspección, vigilancia y control encargada de velar por los usuarios del sector transporte sancionó a Easyfly S.A., Aerocafeteros S.A., Velotax Ltda y a una persona natural por infringir las normas de transporte de mascotas.

El superintendente de Transporte, Camilo Pabón Almanza, señaló que «estas decisiones recuerdan a las empresas de todos los modos de transporte que deben velar por la salud de las mascotas de sus usuarios durante los recorridos. La Superintendencia de Transporte, continuará acompañando a los viajeros desde la prevención y promoción con el fin de velar por sus derechos e informar sus deberes a la hora de emprender cualquier viaje”.

Caso Velotax Ltda

El último caso, fue el de dos perros transportados por vía terrestre Pereira-Ibagué en lo que aparentemente era un costal, servicio operado por Velotax, la cual fue sancionada por un monto de $13.627.890 equivalentes a 15 salarios mínimos mensuales legales vigentes, por no asegurar la calidad ofrecida por la misma empresa al momento de prestar el servicio de transporte de estos dos animales.

Caso Easyfly S.A

La investigación a la aerolínea se relaciona con el perro de nombre “Homero”, que lamentablemente falleció mientras volaba en la ruta Puerto Asís – Cali. Dicha empresa, infringió el artículo 6 de la Ley 1480 de 2011 y el numeral 3.10.3.4 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia 3 (RAC 3), al prestar el servicio de transporte del perro de nombre “Homero” sin calidad, idoneidad y sin cumplir las obligaciones del transporte.

La aerolínea será multada con la suma de $52.987.895, equivalente a 58.3 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Caso de la persona natural

A la persona natural se le relaciona con el caso del perro de nombre “Homero” y se encuentra responsable de no suministrar al usuario la información a la que legalmente estaba obligada al momento de vender el tiquete, pues no indicó que para transportar a su mascota requería llevar un guacal. La sanción impuesta por esta Superintendencia es de $11.197.387 equivalentes a 12.3 salarios mínimos mensuales legales vigentes. 

Caso Aerocafeteros S.A.

Este caso se trató de la mascota de nombre “Paris” que era transportada por la sociedad Aerocafeteros S.A., por vía terrestre y falleció al momento de llegar a su destino en Cali. Dentro de la investigación se encontró que se prestó el servicio sin calidad e idoneidad, ni se entregó la información necesaria respecto a ese servicio de transporte. La sanción impuesta a dicha empresa es de $ 27.255.780 equivalentes a 30 salarios mínimos mensuales legales vigentes. 

Recursos

Estas decisiones son de primera instancia y están sujetas a recursos. Contra los actos administrativos que decidieron cada una de las respectivas investigaciones, procede el recurso de reposición y apelación. La Superintendencia de Transporte garantizará el debido proceso y el derecho de defensa.

 

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