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Cortolima denuncia nuevo caso de maltrato y cacería ilegal de animales en el norte del Tolima

El 4 de agosto en horas de la noche la Policía Ambiental capturó en flagrancia a tres ciudadanos, a quienes se les encontraron tres elementos de la fauna silvestre, los cuales habían sido víctimas de la cacería ilegal a la altura de la vereda La Cristalina, de Herveo. 

Se trata de un armadillo con nombre científico (Dasypus novemcinctus), un cusumbo (Nasua nasua) y un ñeque (Dasyprocta sp.),estos dos últimos muertos por las heridas provocadas por perros de caza, que son entrenados y utilizados por los capturados para tan reprochable actividad ilegal.  

Los especímenes fueron dejados a disposición de Cortolima, sin embargo, solo el armadillo pudo recibir la atención clínica y biológica necesaria para recuperarse y retornar a su hábitat.

Por su parte, los tres ciudadanos capturados se encuentran actualmente a disposición de la Fiscalía de de Fresno, donde tienen que responder por el delito de maltrato animal.

El maltrato animal es un delito en Colombia

La tenencia, maltrato, comercialización y caza de fauna silvestre en Colombia es un delito, por eso el mensaje para los ciudadanos es que no tengan especímenes silvestres en sus casas, y mucho menos los cacen no solo para evitarse inconvenientes legales sino para que se pueda continuar beneficiando de los servicios ambientales que todos los animales de fauna silvestres nos brindan.

El marco legal que protege la fauna silvestre es:

•          Los artículos 247, 248, 250 y 251 del Decreto Ley 2811 de 18 de diciembre de 1974 (Código de Recursos Naturales Renovables y de Protección del Medio Ambiente) en lo referente al dominio, conservación, fomento y aprovechamiento de la fauna silvestre.

•          El Decreto 1608 del 31 de Julio de 1978 (Reglamentario del Código de Recursos Naturales Renovables y de Protección del Medio Ambiente en materia de fauna silvestre). 

•          El Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible No. 1076 de 26 de mayo de 2015 en su Libro 2 Parte 2 Título 2 Capítulo 2 y 3. 

•          Los artículos 36, 38, 40, 50, 51 y 52 de la Ley 1333 del 21 de Julio de 2009 (Procedimiento Sancionatorio Ambiental) con su resolución reglamentaria No. 2064 de 21 de octubre de 2010 en cuanto a las medidas preventivas y manejo post-decomiso de fauna silvestre.

•          Los artículos 29 y 33 de la Ley 1453 de 2011 (Código Penal acerca de los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente. 

•          La Resolución No. 1912 del 15 de septiembre de 2017, por la cual se establece el listado de las especies silvestres amenazadas de la diversidad biológica colombiana que se encuentran en el territorio nacional 

•          El Acuerdo Nº 018 del 9 de octubre de 1995 (Cortolima), por el cual se establece la veda para la caza, comercialización, tenencia y transporte de animales silvestres en el Departamento del Tolima.

 

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