Gobierno dará alivios en las facturas de agua, alcantarillado y aseo a las familias afectadas por el terremoto

El Gobierno nacional anunció nuevos alivios para las familias afectadas por el terremoto del pasado 10 de agosto de 2026, con medidas dirigidas al pago de los servicios públicos de agua potable, alcantarillado y aseo.
La decisión quedó establecida mediante el Decreto 1493 del 6 de octubre de 2026 y está dirigida principalmente a hogares de estratos 1, 2 y 3 que hayan resultado afectados por la emergencia y tengan dificultades para asumir sus facturas.
De acuerdo con la información publicada por Blu Radio, los hogares que normalmente reciben subsidios podrán acceder a un subsidio adicional durante un periodo limitado. El beneficio podrá aplicarse hasta por seis facturas mensuales o tres facturas bimestrales, dependiendo del esquema de facturación que tenga cada usuario.
El beneficio no será automático para todos
El Ministerio de Vivienda aclaró que la medida no se aplicará de forma general a todos los hogares de estratos 1, 2 y 3. Será la propia cartera la encargada de definir qué zonas podrán acceder al alivio, cuál será el porcentaje adicional de subsidio y durante cuánto tiempo estará vigente, dentro del límite establecido por el decreto.
Esto significa que la sola pertenencia a uno de esos estratos no garantiza automáticamente la aplicación del beneficio.
La medida forma parte de las acciones de recuperación diseñadas por el Gobierno para atender a las comunidades damnificadas por el terremoto. El objetivo es reducir temporalmente la carga económica de los hogares que enfrentan daños en sus viviendas, pérdida de ingresos o dificultades para mantener al día sus obligaciones mientras avanza el proceso de reconstrucción.
Las viviendas inhabitables no pagarán por servicios que no reciben
El decreto también contempla una regla especial para las familias cuyas viviendas hayan quedado destruidas, demolidas o declaradas inhabitables y que, por esa razón, no puedan recibir alguno de los servicios públicos incluidos en la medida.
En esos casos, los usuarios no tendrán que pagar por un servicio que efectivamente no estén recibiendo mientras se mantenga esa situación. La disposición busca evitar que los hogares que tuvieron que abandonar sus viviendas o que perdieron totalmente su capacidad de uso continúen acumulando cobros por servicios suspendidos debido a los daños ocasionados por el terremoto.
Apoyo para reparar conexiones de agua y alcantarillado
El Gobierno también podrá apoyar la reparación o reconstrucción de las conexiones de agua potable y alcantarillado que hayan sido afectadas por el desastre. La intención es facilitar que los hogares recuperen el acceso a estos servicios básicos a medida que se adelanten las obras de reparación de viviendas e infraestructura.
Lo que aún falta por definir
La información suministrada no precisa todavía cuáles serán las primeras zonas beneficiadas ni el porcentaje exacto de subsidio adicional que recibirá cada hogar. Tampoco se ha detallado el monto total de recursos que destinará el Gobierno para financiar estas medidas.
Esas definiciones quedarán a cargo del Ministerio de Vivienda, que deberá establecer los criterios territoriales y operativos para implementar el decreto.
Con la nueva medida, el Ejecutivo suma un alivio adicional dentro de la respuesta al terremoto, esta vez enfocado en reducir los gastos básicos de los hogares afectados. La estrategia combina tres mecanismos: subsidios adicionales para las facturas, suspensión del cobro cuando el servicio no pueda prestarse y apoyo para reparar las conexiones dañadas. El alcance definitivo dependerá de las zonas que identifique MinVivienda y de las condiciones particulares de cada hogar afectado.
Preguntas frecuentes
¿A quiénes está dirigido el alivio?
A hogares de estratos 1, 2 y 3 afectados por la emergencia que tengan dificultades para asumir sus facturas de agua potable, alcantarillado y aseo, en las zonas que defina el Ministerio de Vivienda.
¿Por cuánto tiempo se podrá aplicar el beneficio?
Hasta por seis facturas mensuales o tres facturas bimestrales, según el esquema de facturación de cada usuario, y durante el periodo que determine MinVivienda dentro del límite del decreto.
¿Qué ocurre si la vivienda quedó destruida o inhabilitada?
La familia no tendrá que pagar por los servicios que efectivamente no esté recibiendo mientras se mantenga esa situación.



