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Todo sobre la subasta de carros usados que se realizará en Bogotá

Serán más de 300 vehículos los que se estarán ofertando por parte de la Secretaría de Movilidad de la capital. 

La ley 1730 de 2014 establece que los vehículos  inmovilizados en los patios podrán ser subastados si están declarados en abandono. Con este fin, la Secretaría Distrital de Movilidad de Bogotá realizará una subasta que busca «garantizar un ambiente sano y libre de contaminación», según la Subsecretaria de Servicios a la Ciudadanía, Adriana Iza Certuche.

La idea es hacer descongestión de los patios de la ciudad pues la institución aclara que los vehículos abandonados tienen un daño ecológico muy grande. 

Los materiales de los que están hechos, en estado de abandono, contaminan la tierra, el aire y las capas de agua (superficiales y subterráneas), dando origen al fenómeno denominado “lluvia ácida”, explica la funcionaria.

En este caso, los materiales que más generan contaminación son los metales pesados como el plomo y el cromo. La subsecretaria hizo también un llamado a los dueños de vehículos que se encuentran en los patios, para que subsanen la falta que dio origen a su inmovilización y procedan a retirar su automotor.

Hasta el 31 de julio, en Bogotá había 37.510 vehículos inmovilizados con una deuda cercana a 137 mil millones de pesos.

Esta sería la décima segunda subasta que haría la institución con 353 vehículos disponibles. Allí entrarán: automóviles, camionetas, camperos y motocicletas, con un valor inicial de $85 millones.

Las empresas dedicadas a labores de fundición, metalurgia y siderurgia de chatarrización de vehículos, que quieran participar, deben tener en cuenta que el 11 de agosto es la puja y el cierre de la subasta.

¿Cómo se declara en abandono un vehículo?

Un vehículo es declarado en abandono y se puede subastar cuando la Secretaría Distrital de Movilidad emite un periódico con el listado a los carros inmovilizados, con permanencia mínima de un año, y que no han sido reclamados por los propietarios o poseedores.

Esta lista se encuentra disponible en: https://www.movilidadbogota.gov.co/web/ley-1730-de-2014

En este sentido, el propietario puede subsanar la causa de la inmovilización y cancelar lo adeudado por el parqueadero y grúa. «Vencido el término de reclamación del vehículo, si el propietario y/o poseedor no ha subsanado la obligación por la infracción que dio lugar a la inmovilización y los costos asociados a los servicios de parqueadero y/o grúas pendientes, la Ley autoriza al organismo de tránsito para que mediante acto administrativo declare el abandono del vehículo inmovilizado«, explica la institución.

¿Cómo participar en la subasta? 

A través del portal de la empresa Superbid, la Secretaría expone los vehículos que se encuentran como chatarra para que las empresas dedicadas a actividades de función y relacionadas, puedan participar.

Para realizar el registro inicial:

La persona debe ingresar al portal www.superbid.com.co y hacer clic en “Registro”.
Luego, debe elegir su contraseña y usuario (login).

El paso siguiente es validar su login, pues este le permitirá identificarlo a la hora de realizar sus ofertas.

Finalmente, para terminar el registro, debe leer y aceptar el “Procedimiento de utilización del Portal Superbid Colombia”, haciendo clic en “CONFIRMAR”, enviando la fotocopia de su cédula y el RUT. 24 horas después tendrá la activación de su registro.

Con el dinero obtenido en las subastas, se cancelan los valores asociados al tiempo de permanencia de los automotores en los patios y al servicio de grúa, junto con los costos asociados al proceso de enajenación.

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