Corte Constitucional avala el 90 % de la reforma pensional y fija su entrada en vigencia para 2027
El alto tribunal ratificó la estructura de pilares de la Ley 2381 pero devolvió nueve artículos a la Cámara de Representantes para corregir vicios de trámite en un plazo de 30 días.

En una decisión clave para el sistema de protección social en Colombia, la Corte Constitucional dejó en firme más del 90 % de la reforma pensional (Ley 2381), determinando que su entrada en vigencia oficial será el 1.º de abril de 2027. Sin embargo, el alto tribunal devolvió nueve artículos y una proposición a la Cámara de Representantes tras identificar vicios subsanables en su procedimiento parlamentario durante el último debate.
El fallo, basado en la ponencia de la magistrada Paola Meneses, salvó la columna vertebral de la norma: el sistema de pilares (solidario, semicontributivo, contributivo y de ahorro voluntario). Con esto se confirma que cerca de 25 millones de colombianos cotizarán hasta 2,3 salarios mínimos en Colpensiones, mientras que los ingresos superiores a este techo continuarán en las Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual (Accai). De igual forma, quedó respaldado el artículo 76 referente a la «ventana de oportunidad», mecanismo que permitió el traslado de régimen a cerca de 150.000 afiliados y cuyo plazo concluyó el pasado 16 de julio de 2026.
Pese a la ratificación de los componentes estructurales, la Cámara de Representantes dispondrá de un plazo de 30 días hábiles —contados a partir de la notificación formal de la sentencia— para tramitar nuevamente diez puntos específicos de la ley. Entre los apartados que regresan a discusión están los incisos o totalidad de los artículos 11, 14, 19, 23, 36, 63, 84, 92 y 93, los cuales abordan temas sensibles como las reglas de administración de los fondos de pensiones que pasarían al sector público y el mecanismo de reducción de semanas cotizadas para mujeres por cada hijo tenido. Adicionalmente, se deberá tramitar una proposición enviada por la congresista Jennifer Pedraza para un artículo nuevo.
Frente al panorama legal, analistas como Camilo Cuervo, socio de Holland & Knight, calificaron el pronunciamiento de la Corte como un «salvavidas» que equilibró la balanza regulatoria. Cuervo explicó que aunque se salvó la estructura general y la focalización de subsidios para la población pobre, la viabilidad definitiva de estos apartados devueltos dependerá de que la Cámara no los rechace ni los archive durante este nuevo trámite. Una vez concluido el procedimiento en el Congreso y realizada una eventual conciliación con el Senado si resulta necesaria, el presidente de la Cámara deberá presentar un informe detallado con las actas a la Corte Constitucional, organismo que emitirá el dictamen definitivo previo a la puesta en marcha de la ley en 2027.




