Importante sanción en Colombia por la no habilitación de peajes electrónicos
La Superintendencia de Transportes en Colombia dio a conocer una importante sanción por la no habilitación de peajes electrónicos a manos de seis concesionarios del país.
De acuerdo con el ente de control, seis concesionarios en Colombia no cumplieron la disposición del gobierno del presidente Petro de poner en marcha peajes electrónicos como mecanismo de renovación en términos de infraestructura, así como herramienta para facilitar el tránsito por las vías del país.
También se dio a conocer que, por las sanciones, los concesionarios podrán acudir a las distintas instancias para el debido proceso de reposición.
Los concesionarios sancionados por la no habilitación de peajes electrónicos en Colombia fueron:
- BTS Concesionario
- Autopistas de la Sabana
- Concesión Vial Cartagena
- Concesión Montes de María
- Concesionaria vial del Pacífico
- Unión Vial Río Pamplonita
Sobre las sanciones, Ayda Ospina, superintendente de Transporte en Colombia, aseguró que se acompaña a las concesiones y los actores que deben cumplir con lo dispuesto en las regulaciones del Ministerio de Transporte.
Más detalles sobre la sanción a concesionarios por el uso de peajes electrónicos en Colombia
Agregó que “el objetivo es cubrir el 100 % de los peajes que existen en nuestro país, sin embargo, existen algunos operadores que no han acatado la norma, por esto hemos iniciado las investigaciones correspondientes, lo que ha generado a la fecha seis sanciones y una orden administrativa, garantizando el debido proceso”, puntualizó.
Al tiempo que recordó que lo que se quiere con los peajes electrónicos en Colombia es generar beneficios para la logística del transporte, así como para los conductores, transportadores, seguridad vial y para el medio ambiente.
Recordó finalmente la Superintendencia de Transporte de Colombia que El valor total de las multas impuestas a los concesionarios hasta la fecha asciende a la suma de $152.000.000.
“Los concesionarios sancionados podrán interponer dentro del término de ley, el recurso de reposición y en subsidio el de apelación en contra de la decisión administrativa. Lo anterior, respetando el debido proceso correspondiente”, complementó la autoridad.
Fuente: Valora Analitik